AÚN NO SE APLICAN SANCIONES PARA CONDUCTORES DE SCOOTERS; AGENTES DE TRÁNSITO SÓLO PUEDEN LLAMARLES LA ATENCIÓN
En Aguascalientes, aunque ya se encuentra legislado el tema de la circulación de scooters, los agentes de tránsito aún no están facultados para aplicar sanciones a los conductores de este medio de transporte, debido a que el Cabildo capitalino no ha integrado a la Ley de Ingresos los montos de las multas correspondientes, así lo informó el titular de la Dirección de Movilidad, José Luis Rodríguez Montoya, quien señaló que es común que los usuarios incumplan con la normativa, particularmente en el primer cuadro de la ciudad.
El funcionario explicó que, mientras no exista la definición de las sanciones en la Ley de Ingresos, lo único que pueden hacer los agentes es conminar a los conductores a no exponerse a riesgos en las vialidades, pero no imponerles multas. Añadió que la expectativa se centra en lo que resuelva el Cabildo para establecer el mecanismo de aplicación y los montos a cobrar.
Respecto a las especificaciones que deberán cumplir los vehículos, Rodríguez Montoya indicó que será el área de Finanzas la que determine la clasificación, además de que se contempla que los menores de edad tengan que acreditar su edad para poder circular en estos medios de transporte. En cuanto a la posibilidad de exigir licencia de conducir, aclaró que por ahora no está contemplado.
Finalmente, señaló que el fenómeno del uso de scooters es cada vez más recurrente, sobre todo en el centro de la ciudad y la plaza principal, donde diariamente se observan tanto motociclistas como conductores de este tipo de unidades. También adelantó que la colocación de señalética se analizará en etapas posteriores, una vez que el Cabildo defina lo relativo a las sanciones en la Ley de Ingresos.

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